En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción. Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 14 de junio de 2013, por la abogada GLADYS QUINTANA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil ORIMOTORS, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada el 12 de junio de 2013, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO.- SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la abogada GLADYS QUINTANA, apoderada judicial de la sociedad mercantil ORIMOTORS, C.A., contra la medida de embargo preventivo, decretada por el Tribunal "a-quo" en fecha 14 de marzo de 2013.- En consecuencia SE MANTIENE VIGENTE LA MEDIDA DE EMBARGO decretada por el Tr.....