Se acuerda Suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 18 de septiembre de 1991 y participada mediante oficio Nº: 2601, al REGISTRADOR SUBALTERNO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE REGISTRO DEL DISTRITO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA de esa misma fecha, que pesa sobre el siguiente inmueble que se describe a continuación: "Apartamento Nº 72, ubicado en el ángulo suroeste del séptimo piso unidad este, del edificio letra B, del conjunto Residencial denominado Residencias La Cima, ubicado en el sector E-2, de la Urbanización Las Esmeraldas, del conjunto residencial Las Esmeraldas, La Tahona, Municipio Baruta del Estado Miranda"