DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE, conforme a lo previsto en el artículo 439.4 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 24 de octubre de 2014, por la abogada VALENTINA LEWIS, Defensora Pública Penal Auxiliar Décima Quinta (15º) del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Defensora del imputado JEAN KEIBIS NOGUERA RIERA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.294.150, contra la decisión dictada el 17 de octubre de 2014, por el Juzgado Tercero (03º) de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad conforme a lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con lo previsto en el artículo 237 numerales 2 y 3, y artículo 238 nume.....