En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por el abogado JOSE EDUARDO GARCIA FIGUEROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.229, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la empresa PRONTOHCM,C.A., inscrita por ante el registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial de Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 15 de Abril de 2004, bajo el Nº 70, Tomo 51-A-Sgdo., en el cual interpone demanda de nulidad conjuntamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la providencia administrativa N° 3757-09, de fecha 17 de Junio de 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital del Municipio Libertador sede norte, mediante la cual declaró con .....