DECISIÓN
Por las razones que fueron expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Edwin José Añon Díaz, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA MERCEDES SKROCHE FRAGACHAN, en contra de las omisiones patentadas por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por desalojo de vivienda siguen los ciudadanos JORGE LUIS RAMOS ABDELNEOUR y JOSÉ GREGORIO RAMOS ABDELNEOUR, en contra de la hoy accionante.
Segundo: SE ORDENA al Tribunal agraviante o aquel que conozca del asunto actualmente, se pronuncie en forma inmediata, esto es, dentro del lapso establecido e.....