Por Las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: por cuanto el incidente de regulación de la competencia no paraliza el curso de la causa, se ADMITE el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos interpuesto por el abogado en ejercicio FIDEL ALEJANDRO MONTAÑEZ PASTOR, ya identificado, apoderado judicial de la ASOCIACION BENEFICA LIBANESA y SIRIA, también identificada, contra el Decreto N° 000332 de fecha 20 de septiembre de 2006, dictado por el Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, ciudadano Juan Barreto.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena citar mediante oficio al ciudadano Procurador Metropolitano y notificar mediante oficio al ciudadano Fiscal General de l.....