DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la acción de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso de nulidad funcionarial interpuesta por el abogado Mediante escrito presentado en fecha 02 de junio de 2006, ante este Juzgado, (Distribuidor), por el abogado GREGORIO IGNACIO CROPPER JEAN LOUIS, actuando en nombre y representación de la ciudadana MARIA LUCILA DOMINGUEZ DE VILLORIA, identificados en el encabezamiento del presente fallo, en consecuencia se suspenden los efectos del acto administrativo N° DPL-742-200 de fecha 05 de septiembre de 2000, emanado del Director de Personal, Oficina de Apoyo Legal del Concejo del Municipio Libertador, mediante la cual se notificó la remoción del cargo de Asistente Ejecutivo, Código 508, adscrito a la Fracción de Co.....