Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTACON RESERVA DE DOMINIO incoara BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la ciudadana THAIZ MARIA VILLEGAS CASTILLO, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 585, en concordancia con el ordinal 2° del artículo 588, y ordinal 5° del artículo 599, del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 22 Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio, decreta MEDIDA DE SECUESTRO, sobre el siguiente vehículo:
1) "MARCA: IVECO, MODELO: EUROCARGO 170E22, AÑO: 2013, COLOR: BLANCO, TIPO: CHASIS, SERIAL DEL MOTOR: F4AE0681D*6100732, SERIAL DE CARROCERÍA: 8XVA1RFS0DDMD3258, CLASE: CAMION, PESO (TARA): 12.060 KG., USO: CARGA, SERIAL N.I.V......