este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 4 actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL AMPARO CONSTITUCIONAL (HABEAS DATA) SOLICITADO EN ESTA CAUSA Y ORDENA AL CUERPO TECNICO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS DEL ESTADO LARA, ONIDEX y DISIP, DESINCORPORAR DEL SISTEMA DE REGISTRO DE ANTENCEDENTES POLICIALES LA ORDEN DE CAPTURA que pesa sobre el nombre del Ciudadano: ALIRIO JAVIER PIÑA LIZARDO, quien es Venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad No. 7.964.377, residenciado en la Urbanización Eligio Macias Mujica Bloque 7 Apartamento 03-02, Barquisimeto, Estado Lara, y cese así cualquier solicitud en su contra relacionada con el asunto No. S/E SG MEMO 11091 DEL 13-08-2001, del Juzgado 2° de Transición del Estado Lara según oficio 10915 del 13-08-2001, por Delito de Concusión, cesando así toda orden de captura que vinculada con el presente asunto exi.....