Se acuerda la entrega de los objetos (armas de fuego ) solicitadas por los ciudadanos ANTONIO GOMEZ DOS SANTOS Y VICTOR GERMAN ARANZAZU MARTINEZ, por encontrarse el presente asunto en estado de ejecución, concluida ya la investigación, por lo que no es impresindible su retención en esta etapa del proceso, siendo procedente devolver los objetos de conformidad con lo establecido en el articulo 311 del Código orgánico Porcesal Penal