este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA con respecto al recurso ordinario de apelación interpuesto por la abogada DORIS ROSARIO GÁMEZ en fecha 23 de septiembre de 1998, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadanas MARIA EUGENIA BARRIOS GOMEZ, JUDITH CECILIA BARRIO GOMEZ y DORIS JOSEFINA BARRIOS GOMEZ, contra la decisión de fecha 27 de julio de 1998, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con los artículos 267, 269 y 270 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: En virtud de la declaratoria anterior, queda firme el fallo dictado en fecha 27 de julio de 1998, por el Juzgado .....