DISPOSITIVO
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: NULA la decisión pronunciada el día tres (3) de febrero de dos mil quince (2015), por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Sin Lugar, la cuestión previa contenida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada en el juicio.
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, al estado en que el Juez de la primera instancia al que corresponda conocer de este asunto, continúe con la sustanciación del presente procedimiento de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por las sociedades mercantiles INVERSIONES H.L.M. 2020, C.A., e INVERSIONES SAYSA 20.....