IV
DECISIÓN
En razón de lo expuesto este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO BANCARIO Y MÁRITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el Recurso Extraordinario de Casación anunciado en fecha dieciséis (16) de abril de 2024, por el abogado TOMÁS ALFONZO BASSANET REQUENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.920.001, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 40.170, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos, contra la sentencia proferida por esta alzada en fecha veintiuno (21) de marzo de 2024.