este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1.-PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional conjuntamente con Medida Cautelar, interpuesto por el ciudadano LEÓN ALEJANDRO JURADO LAURENTÌN, venezolano, de mayor edad, titular de la cédula de identidad V- 16.448.268 en su condición de ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, debidamente asistido por la abogada en ejercicio INDIRA FALCÓN SANTANA, inscrita en el, Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 125.368, en su condición de Síndico Procurador del Municipio San Diego del estado Carabobo, Asimismo, Víctor Oswaldo Barranco Peña, titular de la cédula de identidad 3.920.126, Leonardo González Fermín, titular de la cédula de identidad 4. 116. 262, José González, titular de la cédula de id.....