cumplidos como han sido los extremos de Ley, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, AUTORIZA: Se DISCIERNE el cargo de CURADOR ESPECIAL de las adolescentes ESTEFANIA DE LOS ANGELES Y LAURA DANIELA ASCANIO PETIT, a la ciudadana ZAIDA MERCEDES PETIT OLIVA ya identificada, para que las represente en el acto de venta de un inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la Urbanización Yuma, Sector uno (1) del edificio 4 Guamo, signado con el N°: 3, planta baja, que forma parte del conjunto residencial el Parque, Municipio San Diego del Estado Carabobo, con una superficie de setenta y tres metros cuadrados con cinco decímetros (73,05 M2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORESTE: Con vereda 2, SURESTE: Con puesto de estacionamiento E-4-2, NOROESTE: Con puesto de estacionamiento E-4-4 y SUDOESTE: Con.....