En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
1) Con lugar la demanda incoada por el ciudadano Omar Areanas Candelo contra la ciudadana Bárbara Palma Ottmar Egyed.
2) Se Condena a la parte demandada al pago de Cincuenta y Cuatro Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica ($ 54.000,00), en su equivalente en moneda nacional., es decir, la cantidad de CIENTO DIECISEIS MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 116.100.000,00) a razón de DOSMIL CIENTO CINCUENTA Bolívares por Dólar, por concepto de la deuda principal.
3) Se condena a la parte demandada al pago de los intereses moratorios calculados a la tasa legal del cinco por ciento (5%) anual sobre el valor del cheque, desde la fecha de la admisión de la demanda, hasta la sentencia definiti.....