esta Juez Unipersonal XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad Civil, Autoriza Suficientemente a los ciudadana MIRLA MARINA ARANGUREN DE CARRANZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.372.159, para que en nombre y representación del niño de autos, pueda disponer de la cuota parte de las acciones que le corresponde a éste en la CANTV