Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta por la empresa LINEA AREA DE SERVICIO EJECUTIVO REGIONAL "LASER", C.A., por intermedio de su apoderado judicial, abogado OSCAR SPECHT SANCHEZ, contra los actos administrativos contenidos contenidos en las Providencias Nos. 38-01 (FS), 39-01 (FS), 40-01 (FS) y 41-01 (FS), dictadas en fecha 14 de junio de 2001, las tres (3) primeras y en fecha 15 de junio de 2001, la última, por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, cuyos efectos se suspenden. En consecuencia, se ordena a la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas abstenerse en lo sucesivo y hasta tanto se decida el recurso principal de nulidad, de realizar cualquier acto destinado a .....