Por las razones antes expuestas éste Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DEL TRÁMITE del recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el abogado JUAN CARLOS MÁRQUEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.790, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa CONSTRUCCIONES ALEXCAP 60-57, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 20 de agosto de 2007, bajo el Nº 43, Tomo 1631-A, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 0917/2009, de fecha 09 de diciembre de 2009, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DÍAZ SEDE CARACAS SUR.-