En cuanto al escrito de apelación presentado en fecha 28/06/2011 por la ciudadana MARIA CLEMENTINA GIMENEZ, actuando en su propio nombre y como representante de la FUNDACION MUSEO BARQUISIMETO, en el cual apela de la decisión de fecha 20/06/2011, y siendo que la misma fue interpuesta extemporáneamente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal niega oír la misma. Así se Decide.-