- DISPOSITIVO.-
Primero: En resumen, considera ésta Juzgadora, que lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 27 de febrero de 2015, proferida por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que declaró CON LUGAR la demanda que por Desalojo Intentara el ciudadano JOSE ALBERTO ROJAS GARCIA, contra la ciudadana VIRGINIA ELIZABETH ZAPATA MAESTRE.
Segundo: CON LUGAR la presente acción de Desalojo, interpuesta por el el ciudadano JOSE ALBERTO ROJAS GARCIA, contra la ciudadana VIRGINIA ELIZABETH ZAPATA MAESTRE, fundada en el artículo 91 numeral 2 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en lo relativo a la necesidad que tiene la parte demandante para ocupar el inmueble de su propiedad, junto su señora madre.
Tercero: Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
Cuarto: Se condena en las costas del recurso a la par.....