En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, declara FIRME el Decreto Intimatorio de fecha 17 de marzo de 2021 dictado en este juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria) intentó la Abogada SANDRA HIDALGO, en su carácter de endosataria en procuración contra la sociedad mercantil METALMECANICA S&T, C.A., y se ordena que se proceda respecto del mismo como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.