PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión definitiva dictada en fecha 06 de julio de 2021, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda revocada.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia emitida en fecha 11 de marzo de 2020, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual en la cual se declaró IMPROCEDENTE la solicitud de confesión ficta, condenó en costas a la parte actora, en conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, y dio apertura al lapso de pruebas.
TERCERO: CON LUGAR la Impugnación del poder efectuada por la representación judicial de la parte demandada.
CUARTO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION COMPRA V.....