Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con fundamento en los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil y en resguardo al derecho de defensa, del debido proceso y la igualdad de las partes, principios éstos procesales que deben ser norte y guía de cada proceso jurisdiccional, que son de Rango Constitucional y por autoridad de la ley, ANULA EL AUTO DE ADMISIÒN DICTADO POR ESTE TRIBUNAL EN FECHA 31 DE MARZO DE 2022 Y REPONE LA CAUSA al estado de dictar nuevo auto de admisión de la demanda con las debidas correcciones aquí advertidas. Dada la naturaleza jurídica de la presente decisión se exime de costas a las partes.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Banca.....