Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por desafecto, propuesta por el ciudadano BIBIANO MILLA MEJIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.153.904, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Lisandro José Godoy Bastidas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°11.404.501, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.868, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el criterio que con carácter vinculante estableció la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nº 1070 de fecha 09-12-2016, expediente Nº 16-0916, doctrina en referencia acogida por la Sa.....