Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda por prestaciones sociales interpuesta por el abogado Gustavo Enrique Pineda, cédula de identidad Nro. 4.098.218, inscrito en el Inpreabogado Nro. 15.970, con carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ARNALDO JOSÉ PINTO MELÉNDEZ, ADILIA TERESA GONZÁLEZ CONTRERAS y JERÓNIMO ANTONIO OCHOA LEÓN, cédulas de identidad Nro. 3.044.107, 7.537.918 y 1.039.415, respectivamente, contra el MUNICIPIO RÓMULO GALLEGOS, ESTADO COJEDES. En consecuencia PLANTEA conflicto de competencia ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.