En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la presente Querella Funcionarial de Destitución, interpuesto por el Abogado, Franky Villamizar Vargas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.903, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Cruz Raúl Lima, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 4.865.357, por cuanto no se verificaron ninguno de los vicios impugnados a la Resolución Nº DM/Nº 185, de fecha 29 de agosto de 2007 dictada por el Ministro del Poder Popular para la Infraestructura.