DECISIÓN
Por los razonamientos, expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la medida preventiva de embargo solicitada por la parte actora en el juicio por Cumplimiento de Contrato interpuesto por la COOPERATIVA ARMOSIL R.L, representada por la Presidenta de la Instancia de Administración ciudadana Maureen Yhamileth Moyeja de Arteaga,contra la entidad mercantil INGENIERIA 3HYM C.A, antes identificados.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los veintinueve días del mes de julio de 2015, siendo las 2:19 de la tarde. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación. Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador d.....