DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso de hecho ejercido por el abogado ANGELO CUTOLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 91.872, actuando con el carácter de apoderado judicial de TOYOTA DE VENZUELA, C.A., en contra del auto dictado en fecha 25 de junio de 2015, por el Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó oír la apelación incoada en fecha 16 de junio de 2015.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el referido recurso de hecho.
TERCERO: Se ANULA el auto de fecha 25 de junio de 2015, dictado por el Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a .....