este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara:
1. HOMOLOGADO LA TRANSACCION realizada por El ESTADO CARABOBO y ARTURO ERNESTO BLANCO URDANETA, representante de la sociedad mercantil Seguros Corporativos, C.A y con la Sociedad de Comercio Construcciones Cardon, C.A.
2. Por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente, y una vez transcurrido el lapso de un (01) año contado a partir de la presente fecha remitir a la Oficina de Archivo Judicial. Exp. Nº 15.162. En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.