Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto por los abogados ARMANDO RODRIGUEZ GARCIA, ALEXANDER GALLARDO PEREZ y OSCAR GUILARTE HERNANDEZ, apoderados judiciales de la empresa FESTEJOS MAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 66, Tomo 6-A, en fecha 10 de marzo de 1965, contra la decisión de fecha 25 de julio de 2006, dictada por la ciudadana LUDMILA GÓMEZ V., en su carácter de Presidente del Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiente del Municipio Chacao del Estado Miranda, en consecuencia SE DEJA SIN EFECTO la medición de ruido realizada en fecha 19 de julio de 2006, por el Instituto Autónomo Municipal de Protección C.....