Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso contencioso tributario, interpuesto en fecha 25 de abril de 2000, por el abogado Juan Andrés Marcano Cabrera, titular de la cédula de identidad N° V-5904.670, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.673 respectivamente, actuando en su carácter de representante judicial de la contribuyente BANANERA VENEZOLANA, C.A.
En consecuencia.
i) Se CONFIRMA la Planilla de Liquidación N° 031001102000001, de fecha 27 de septiembre de 1999, por un monto total de Ocho Millones Treinta Mil Quinientos Cuarenta y Tres con Treinta y Dos Céntimos. (BS.8.030.543,32) por concepto de impuesto, intereses y multa.
ii) Se condena en costas a la recurrente BANANERA VENEZOLANA, C.A. por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del reparo determinado en el.....