PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL EN CONTINUAR CON EL RECURSO.
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO EN SEGUNDA INSTANCIA, en la demanda de cobro de bolívares que siguió el Instituto Nacional de Nutrición contra el Banco Provincial, S.A.I.C.A., S.A.C.A.. En consecuencia, se desecha el recurso de apelación ejercido en contra la decisión dictada el 12 de abril de 1993, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, que declaró sin lugar la demanda de cobro de bolívares, intentada por el Instituto Nacional de Nutrición, contra el Banco Provincial, S.A.I.C.A., S.A.C.A.
TERCERO: Consecuente con lo decidido se declara firme la decisión apelada.