Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: A tenor de lo dispuesto en el articulo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA la Entrega del Vehículo MARCA FORD, MODELO EXPLORER, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, COLOR AZUL, PLACAS KAU-27A, USO PARTICULAR, AÑO 1998, EN GUARDA Y CUSTODIA, al ciudadano CARLOS LUIS PINEDA LOPEZ, cedula de identidad N 13033657, POR LO QUE DEBE ABSTENERSE DE REALIZAR ACTOS DE DISPOSICION y debe ser presentado al Tribunal o ante la Fiscalia las veces que le sea requerido.
Notifíquese al solicitante. Ofíciese al Jefe del Estacionamiento El Parkeadero C.A.
Devuélvase los originales, y en su lugar incorpórese fotocopias debidamente certificadas, EXCEPTO EL DOCUMENTO que cursa.....