DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano LEANDRO LUIS PIRELA PERICH, Abogado en ejercicio y de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31206, actuando con el carácter de defensor privado del acusado JOHAN ENRIQUE GOTERA SOTO. SEGUNDO: Declara la NULIDAD de la decisión en audiencia preliminar dictada en fecha 17-09-2003, por el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se admite totalmente la acusación fiscal presentada por el ciudadano Fiscal 39 del Ministerio Público, en contra del ciudadano JOHAN ENRIQUE GOTERA SOTO, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto y castigados en los artículos .....