Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó la ciudadana AURA ALIDA MORALES NARANJO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.251.304; representada en este proceso a través de su apoderado judicial, ciudadano ORLANDO DUGARTE TORRES, venezolano, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 77.010; contra el ciudadano JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-14.139.324; sin apoderado judicial acreditado en este proceso.
SEGUNDO: RESUELTO el contrato de arrendamiento cel.....