por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de todo lo antes expuesto HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA RESPECTO CERVECERIA POLAR, C.A., DE CONFORMIDAD CON EL Art 263 del Código de Procedimiento Civil, en los términos como consta en la presente acta, dándole efectos de COSA JUZGADA y da por terminado el presente proceso, con respecto a CERVECERIA POLAR, C.A