En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, considerando que la presente conciliación cubre la exigencias del Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando, Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convencimiento suscrito entre los Ciudadanos: Mariela del Valle Marcano Villarroel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V.20.564.219, domiciliada, en Barceló, Sector las Lomas de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre y Freddy Jesús Rosal Villalba, venezolano, Vigilante de la Escuela de Barceló, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-16.626.627, domiciliado al final de la calle Bermudez, Sector Brisas del Rio de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, del Estado Sucre. Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judic.....