Con fundamento a lo expuesto, este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la ley, declara la DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: MIGUEL ANGEL MATUTE MOROS y ALEXANDRA COROMOTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 14.413.496 y V- 12.523.900, respectivamente, contraído ante el Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña, Municipios Valencia del Estado Carabobo, según acta de matrimonio inserta bajo el Nº 542, Tomo II del año 2002. No procrearon hijos. Ni adquirieron bienes.