Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Apoderado Judicial de la ASOCIACIÓN PARA LA CODIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS DE VENEZUELA, GC1 VENEZUELA, contra la Resolución No. MPPCT-INCES-DRARJD-CA-OA-2012-0033, S/F emanada de la Gerencia General de Formación Profesional del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), que declaro SIN LUGAR la solicitud de calificación de no aportante y en consecuencia la declaro obligada como sujeto al aporte del dos por ciento (2%), y medio por ciento (1/2%) previsto en el artículo 14 numerales 1 y 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). En consecuencia:
Se ANULA la Resolución No. MPPCT-INCES-DRARJD-CA-OA-2012-0033, S/F emanada de la Gerencia General de Formación Profesional del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), conforme lo expuesto en el presente fallo.