DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA MANTENER EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, conforme al articulo 472 del COPP y se acuerda la actualización del computo, a favor del ciudadano JAIRO RAFAEL CHAVEZ ARANGUREN; En consecuencia, Se Ordena Dejar sin efecto la Orden de Aprehensión que pesa en contra del penado de autos.
. Notifíquese a las partes. Regístrese.