Y siendo que estamos en presencia de una serie de obligaciones reciprocas, es por lo cual este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, intentada por las Abogadas: Libertad Peraza y Rafaela Zambrano, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 102.288 y 102.232, respectivamente, en su condición de apoderadas judiciales de la Firma Mercantil "RADAPE", C.A.; contra la Firma Mercantil ARQUIGLASS 3000, C.A.