este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley DECLARA TERMINADO el presente procedimiento, y ordena el archivo del expediente. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello.- En Puerto Cabello a los Veintinueve (29) días del mes de Octubre de Dos Mil Quince (2015), siendo las 2:46 p.m. Años 205° de la Independencia y 156º de la Federación. Publíquese, regístrese y déjese copia para el copiador de Solicitudes resueltas.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. MARIA AUXILIAD.....