Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Primero de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto la ciudadana LEIDA COROMOTO RODRÍGUEZ DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.442.558, debidamente asistida por la abogada Luz Clementina Torres, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 7.634, quien interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial por el cobro de diferencia de prestaciones sociales, en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
Segundo: Se ORDENA el pago de la diferencia por Prestaciones Sociales conforme lo determine la experticia complementaria del fallo, debitándose la cantidad de CUATROCIENTOS MIL OCHOCI.....