éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: SE SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha en fecha 29 de septiembre de 2016, en la solicitud de INTERDICCION CIVIL, presentada por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA PASCUAL GUZMAN en favor del ciudadano D AGAPITO PASCUAL MONTES, (fallecido)(fallecido) notificada al Registro Publico del Primer Circuito de Municipio Sucre del estado Miranda mediante oficio Nº 680-2016 de esa misma fecha, la cual recayó sobre el inmueble que a continuación se identifica:
"Un apartamento distinguido con el numero Doscientos Seis .....