En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los
pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente SOLICITUD, intentada por
el ciudadano WILMER GUILLERMO MAGALLANES, venezolano, mayor de
edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.963.531,
representado por el profesional del derecho LUIS EDMUNDO ARIAS,
abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.117.