Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1.PRIMERO: HOMOLOGA la TRANSACCIÓN realizada entre las partes, Abogada MARYS COROMOTO RIVERO GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 200.325, actuando en nombre y representación del ciudadano ADANI SIMKIN SINKIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.972.163, en su carácter de representante legal de la Sociedad de Comercio PROMOTORA 70-40-90, C.A y la ciudadana ELIZABETH ANTONIA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-7.127.276, asistida por el Abogado VICTOR DANIELA SEGOVIA ZAVALA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro.320.749, de conformid.....