En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal en esta etapa del proceso considera que se cumplen los extremos requeridos por ley para otorgar la protección cautelar requerida por la actora, por lo tanto, se decreta: MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR: sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos que le pertenece a la demandada ciudadana KENDY URDANETA OLIVARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.443.266, sobre el siguiente inmueble: constituido por un apartamento (1) distinguido con las siglas 2-6-4, Tipo 4, ubicado en el piso 6, de la Torre 2, que forma parte del Conjunto Residencial "SUN SUITES", Segunda Etapa, ubicado en la Urbanización Palma Real, Avenida Este-Oeste, Sector Mañongo, en jurisdicción del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, identificado con el Código Catastral 08-10-01-U01-023-008-002-002-P06-004, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en el Documento de Co.....