DISPOSITIVO
En este sentido, en base a las consideraciones anteriores y revisadas las actas que conforman el presente expediente, y sin que ello signifique prejuzgar sobre la materia de fondo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble propiedad del ciudadano MARUEN MAKLAD MACHARD, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.964.760, el cual se describe a continuación:
"Un (01) inmueble constituido por un (01) apartamento distinguido con el número y la letra 14-A, ubicado en la Planta Tipo Piso 14, integrante del Edificio denominado Alto Rosal I, que forma parte del Conjunto Residencial Alto Rosal, Etapa I, el cual está situado en la Urbanización El Rosal, Calle Junín, Municipio Ch.....