CONDENO al ciudadano Diego Armando Padrón, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.035.385, de 19 años de edad, estudiante, hijo de Maria Auxiliadora Padrón, domiciliado en Carrera 25 entre Calle 28 y 29 casa N° 24-48, Barquisimeto, Estado Lara; a cumplir la pena de dos (2) de prisión, mas las penas accesorias a la de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración, tipificado en el artículo 455 Ordinales 3° y 9° en concordancia con el artículo 80 del Código Penal.-